Desde el 1º de marzo hasta el 31 de julio de 2008 con un cupo de UN (1) ejemplar por cazador y por temporada.
Sólo podrán cazarse pumas provenientes de Criaderos Habilitados por los los organismos provinciales y nacionales y de acuerdo al Plan de manejo presentado oportunamente y en el encierre de caza que forma parte de la misma estructura del criadero.
EN CAMPOS INSCRIPTOS Desde el 15/3 hasta el 15/6.
En los campos inscriptos se permitirá la caza de UN (1) ejemplar macho (con un mínimo de 11 puntas) por cazador y por temporada. IMPORTANTE ver Disposición vigente 2008 (.doc)>>
EN COTOS DE CAZA
Desde el 1/3 hasta el 15/7.
El cupo por temporada y las características de los animales a cazar, para cada coto, estarán sujetos al Plan de Manejo y al Plan de Caza aprobados por la Autoridad de Aplicación. IMPORTANTE ver Disposición vigente 2008 (.doc)>>
ANTÍLOPE NEGRO (Antílope cervicapra)
Temporada de caza: 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2008 quedando el cupo sujeto al criterio de la Autoridad de Aplicación, en función de: •Campos inscriptos: según análisis de los datos del establecimiento. •Cotos de caza habilitados: según el Plan de manejo.
Se considerará jauría a un “Conjunto de más de dos perros “.
Esta modalidad de caza se autorizará únicamente para la especie jabalí europeo y se permitirá la utilización de un máximo de hasta SEIS (6) perros por vehículo.
A modo de experiencia piloto se autorizará, a aquellos que lo soliciten, la
utilización de hasta OCHO (8) perros para las jaurías categoría “A” .Los
mismos serán identificados a través de microchip por parte de la Dirección de
Recursos Naturales.
A los fines de un mejor ordenamiento de la actividad se categorizará a las jaurías de la siguiente manera: (ver archivo)
IMPORTANTE ver Disposición vigente 2008 (.doc)>>